En ambos casos se evidenciaron, entre otras, anotaciones erróneas, e inconsistencias en los registros.
La Contraloría General de la República (CGR) detectó nuevas irregularidades en el registro de pacientes en las Listas de Espera no GES, esta vez en los hospitales Dr. Hernán Henríquez Aravena de La Araucanía y Dr. Franco Ravera de O’Higgins. En ambos casos la CGR evidenció, entre otras, anotaciones erróneas, e inconsistencias entre el sistema local y el Sistema de Gestión de Tiempos de Espera (SIGTE)
En el Hospital Regional de La Araucanía, se estableció que el servicio incumplió las normas ministeriales sobre el ingreso de los pacientes a la lista de espera No GES contenida en SIGTE. A partir de octubre de 2022 generó una lista paralela de pacientes que esperaban una intervención quirúrgica, la cual no fue ingresada a la plataforma ministerial, categorizándolos como “En preparación”.
También se detectaron diferencias entre los registros del sistema local y el SIGTE. En el caso de los ingresos por la causal “intervenciones quirúrgicas”, en la plataforma local había 20.262 casos, de los cuales solo 3.617 fueron ingresados al SIGTE.
La Contraloría Regional de La Araucanía ordenó al servicio hospitalario instruir un sumario administrativo para determinar eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios que, por actuación u omisión, permitieron la ocurrencia de los hechos e informar de ello en un plazo de 15 días hábiles.
Hospital de O’Higgins
En el caso del Hospital Regional de O’Higgins se encontraron diferencias en los registros utilizados para procesar y almacenar los datos de los usuarios de Listas de Esperas No Ges.
Así, por ejemplo, del total de 75.799 registros en la plataforma local del sistema de redes asistenciales (Fonendo), solo se identificar en el Sistema de Gestión de Tiempos de Espera (SIGTE) 33.003 de ellos. Por otro lado, de los 119.070 registrados en SIGTE, se pudieron identificar en Fonendo sólo 33.096 de ellos.
La investigación detectó, además, un error en la causal de salida de un paciente del centro asistencial, la que fue catalogada como “Recuperación Espontánea”, en circunstancias que la documentación da cuenta que la persona recibió la atención médica acorde a su diagnóstico.
Fuente: Contraloria.cl