Una de las líneas estratégicas trabajadas en la actual gestión del Ministerio de Agricultura ha sido la agricultura orgánica. Pero, ¿qué deben hacer las personas interesadas en certificar sus producciones bajo esta normativa?
Eric Guital, director regional del SAG, sostuvo que la institución es la autoridad competente del Sistema Nacional de Certificación de Productos Orgánicos Agrícolas regulado por la Ley N°20.089 y sus cuerpos normativos complementarios. Por ello, “las personas dedicadas a la agricultura, pero también quienes elaboren productos procesados como mermeladas, manjares, chocolates, frutas en conserva, miel, y colados de fruta orgánico, entre otros, y que se interesen en acceder a la certificación de productores, productoras o procesadores orgánicos deben formalizar sus actividades mediante lo establecido en la normativa vigente”.
“Para utilizar la denominación de orgánicos, ecológicos o biológicos en sus productos, las Organizaciones de Agricultores Ecológicos, deberán auto certificarse y registrarse ante el SAG, cumpliendo con la normativa vigente de Agricultura Orgánica”, sostuvo Guital. Cabe señalar que la normativa considera como Organizaciones de Agricultores Ecológicos a aquellas integradas por pequeños productores, familiares, campesinos e indígenas, con personalidad jurídica y cuyas ventas anuales no superen el equivalente a 25.000 Unidades de Fomento
Entre los requisitos que deben cumplir quienes se interesen en conformar estas organizaciones y validar a través de esta normativa su producción, está el llevar un registro de las actividades que permitan establecer un sistema de trazabilidad y presentar un sistema de control interno, que contenga el listado de quienes lo integran, el método y registro de medidas de control para establecer los niveles de supervisión a los miembros del grupo. Además de información actualizada de sus miembros, planes de manejo, tipos de cultivo, superficie y destino de la producción. Finalmente, también deberán contar con un Manual de Procedimientos internos que debe cumplir con la norma técnica chilena vigente.
En el ámbito de la fiscalización, para acceder a la certificación del SAG, las organizaciones de agricultores ecológicos deberán dar libre acceso a sus unidades productivas y de comercialización a fiscalizadores del SAG, permitir las fiscalizaciones, entregando la información solicitada y cumpliendo los requerimientos que la institución determine. Además, deberán entregar un informe anual y mantener actualizada la información en el sistema vigente del SAG.
Finalmente, el director regional del SAG reiteró a la comunidad que a la hora de adquirir productos orgánicos verifiquen el sello, recordando que, según lo dispuesto en la Ley vigente, la marca gráfica debe incorporarse en el etiquetado de todos los productos certificados bajo esta normativa que se distribuyan en Chile bajo la categoría de “orgánico”, “ecológico” o “biológico”.